México establece nuevas medidas para controlar y erradicar la influenza aviar

Comunicado. Con el objetivo de proteger la producción avícola de la influenza aviar de alta patogenicidad (IAAP) AH5N1 y avanzar en el control y erradicación de la IAAP H7N3 en todo México, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) refuerza las acciones de vigilancia epidemiológica en las 32 entidades y establece nuevas medidas para garantizar que las unidades de producción cumplan con medidas mínimas de bioseguridad (MMB).

Estas acciones se llevan a cabo para poner en marcha todos los recursos del Gobierno de México para proteger la avicultura nacional de la IAAP, resaltó la dependencia federal.

Y agregó que a través de una reunión virtual con más de 400 productores de la Unión Nacional de Avicultores (UNA) y representantes de la Asociación Mexicana de Secretarios de Desarrollo Agropecuario (AMSDA), funcionarios del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) comunicaron las medidas regulatorias.

Roberto Navarro López, director de la Comisión México-Estados Unidos para la Prevención de la Fiebre Aftosa y otras Enfermedades Exóticas de los Animales (CPA) del Senasica, señaló que las granjas deben registrarse como Unidades de Producción Avícola (UPA) y contratar un médico veterinario autorizado para esta especie, quien está obligado a tomar un curso y aprobar un examen.

Las unidades de producción deben tramitar con la comisión una constancia oficial de cumplimiento de las medidas mínimas de bioseguridad, la cual es indispensable para recibir aves para repoblación y comercializar aves vivas a otra entidad federativa. Las granjas que se ubican en zona libre de la enfermedad y que cumplen con la constancia de MMB, podrán movilizar animales vivos a través del Aviso de Movilización Avícola (AMA).

El funcionario federal subrayó a los productores que la constancia de MMB es fundamental en la nueva estrategia, ya que aquellas unidades de producción que no la obtengan, aún en zona libre, serán consideradas de alto riesgo y su movilización se restringirá a su estado y a plantas Tipo Inspección Federal (TIF) de otras entidades, con la condición de presentar un Certificado Zoosanitario de Movilización (CZM) además de resultados negativos de pruebas PCR emitidos por laboratorios autorizados por el Senasica.

 

 

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